ART. 184 DEL C.delTR. AUTORIZA ABANDONO DE FAENA.
Se sabe que el artículo 184 del Código del Trabajo, es por así decirlo, la disposición que comprende y fundamenta la prevención de riesgos laborales en Chile, tarea que la entrega al empleador. La Ley 21012, agregó el artículo 184 bis, cuyo tenor es el siguiente: Artículo 184 bis.- Sin perjuicio de lo establecido en…