

ESTIMADOS AMIGOS DE KIMELN CAPACITACIONES LTDA.
Como una forma de hacer del tiempo de reposo obligado por esta pandemia, una acción útil para las empresas, en especial las pequeñas y medianas, y al mismo tiempo para mis exalumnos y los actuales que estudian en las diferentes universidades y estatutos, KIMELN, hará un cursillo, gratuito sobre algo muy elemental. EL CONCEPTO DE ACCIDENTE DEL TRABAJO, mirado desde el ángulo de la legalidad.
No permitiremos realizar preguntas para quienes deseen participar en forma activa, y hasta un certamen “on line”, para establecer el grado de conocimientos alcanzados.
Lo anterior, nos permitirá, un diálogo libre, sobre los aspecto de la Ley laboral que se refiere a este tema y al mismo tiempo, aclarar dudas.
Como profesor, puedo decirles que cuento con una experiencia adquirida en casi 40 años de Juez, Magistrado o persona encargada de dirimir estos asuntos en juicio. Por otra parte, soy abogado y he escrito varios textos sobre la materia. Mis temas pueden verlos en kimelncapacitaciones.cl y también el portal de la Universidad Politécnica de Cataluña, prevencionintegral.com.
Uds., pueden inscribirse en este link a fin que los textos lleguen directamente a su correo. Es gratis.
Hoy iniciaremos con el presente texto.
CONCEPTO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO.-
1.- INTRODUCCIÓN. –
El texto del artículo 5, de la Ley 16.744, dice:
“Artículo 5° Para los efectos de esta ley se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.
Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo.
Se considerarán también accidentes del trabajo los sufridos por dirigentes de instituciones sindicales a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales.
Exceptúense los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo administrador.
Son considerados de trayecto, también los que ocurren entre un trabajo y otro”.
Deberemos entender que hay otras clases de accidentes, que ocurren en el lugar de trabajo o cuando este se lleva a efecto, que no son considerados como tales por la Ley 16.744, pues, expresamente el artículo 5, señala que: “para los efectos de esta Ley”, debe considerarse accidente del trabajo toda lesión vinculada directa o indirectamente con la acción laboral. Así, habrá otras lesiones consideradas por el Derecho Penal, Civil u otro estatuto jurídico, además, de las que esta Ley define.
Sin embargo, es necesario enfatizar que de la definición legal se desprende variantes o líneas de aplicación a esta realidad que es la lesión ocurrida en relación de trabajo. Lo que pareciera ser un asunto simple, en este ejercicio suele tornarse complicado y el profesional encargado de hacer el diagnóstico puede caer en confusiones.
Un hecho que demuestra esta afirmación se debe a que generalmente hay cuatro intérpretes:
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La empresa que interpreta la norma en función a sus intereses;
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luego, el propio trabajador interesado en tener el amparo de la Ley 16.744;
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la Administradora que busca eludir los gastos en hospitalización, quirúrgicos, rehabilitación, etc.,
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y en definitiva la interpretación que del derecho aplicado al caso concreto hace la Superintendencia de seguridad Social (SUSESO).
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Además de todos ellos, encontramos la interpretación judicial que hace el Tribunal cuando conoce de una causa sobre accidentes.
Razón por lo que resulta comprensible que la aplicación del concepto legal a la realidad no sea fácil.
2.- Elementos del concepto accidente del trabajo.-
Aclarado este hecho deberemos tener presente que los elementos del accidente del trabajo son:
a.-Que una persona sufra lesión.
b.-Que la lesión sea a causa o con ocasión del trabajo.
c.-Que se produzca Daño o Perjuicio.
d.-Que este daño o perjuicio se traduzca en: Incapacidad o Muerte.
e.-Una relación de causalidad entre la lesión y la Incapacidad o Muerte.-
ANÁLISIS DE SITUACIONES. 1.- Explique, con argumentos, en relación al elemento a.-) Si el corte de una pierna ortopédica a causa o con ocasión del trabajo, se debe considerar accidente del trabajo. 2.- Es accidente del trabajo la lesión en un dedo, curada en la misma faena y que ha producida una incapacidad de dos horas. 3.- El suicidio de un trabajador por acoso laboral, es accidente del trabajo.
REQUISITO DEL ANÁLISIS, ARGUMENTAR.
PREGUNTAS.
¿Qué son los accidentes del trabajo y sus consecuencias para el trabajador y la empresa?
¿Cuáles son los principales factores de riesgo que pueden provocar accidentes en el lugar de trabajo?
¿Cómo se puede evaluar y gestionar los riesgos laborales para prevenir accidentes del trabajo?
¿Qué medidas de seguridad y prevención se pueden implementar en el lugar de trabajo para minimizar el riesgo de accidentes?
¿Qué roles y responsabilidades tienen los trabajadores, los patrones y los organismos gubernamentales en la prevención de accidentes del trabajo?
¿Cómo se puede fomentar una cultura de prevención de riesgos laborales en la empresa y entre los trabajadores?
¿Cuál es el papel de la formación y capacitación en la prevención de accidentes del trabajo?
¿Cómo se puede llevar a cabo una investigación de accidentes del trabajo y qué se puede aprender de ella para prevenir futuros accidentes?
¿Cómo se pueden utilizar las tecnologías y herramientas disponibles para mejorar la seguridad y prevenir accidentes en el lugar de trabajo?
¿Cuáles son las principales normativas y regulaciones en materia de prevención de riesgos laborales y cómo se pueden aplicar en la empresa?
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